Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes de Diciembre de 2005, siendo las 19:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M. Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cra Guillermina Santomauro, Cr. Jorge Giongo, Cra Silvia Crespo, Cra. Mónica Allemanni y la Cra. Mónica Taramelli para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de la Secretaria de Actas de la Reunión.
2. Lectura y aprobación de Actas anteriores.
3. Informe de Saldos Bancarios y Plazos Fijos.
4.Listado de deudores sujetos a revisión.
5. Listado de deudores que pasarán a gestión judicial.
6. Nota presentada por el Cr. Di Nardo.
7. Nota presentada por el Cr. Rinaldi.
8.Distribución del primer mes de interés en el sistema de cálculo de los préstamos.

PRIMERO: El Cr. Emilio Perticarini, da la bienvenida a los presentes, y pone en consideración la designación de la secretaria de actas de la reunión. Se decide designar a la Cra. Mónica B. Taramelli.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior la que luego de debatida es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el informe de los plazos fijos y saldos bancarios. Se toma conocimiento.

CUARTO: Se informa, que en virtud a lo resuelto en el acta anterior, se procedió al ajuste de las cuentas contable de los las cuentas a cobrar devengadas de los siguientes profesionales, teniendo en cuenta la documentación en cada caso aportaron:
– Cra. Mónica Milohanich. Legajo (41730)
Documentación presentada
 Constancia de no habilitación comercial
 Certificación de Servicios
 Certificado de Baja en el impuesto a los Ingresos Brutos.
Importe contable a ajustar: $ 1.044,01
– Cra. Graciela Corizzi. Legajo (51180)
Documentación presentada
 Recibo de Sueldo
 Certificación de Servicios
 Baja en el impuesto a los Ingresos Brutos
Importe contable a ajustar: $ 2.717,68
– Cr. Fabio Héctor Miraglio. Legajo (41200)
Documentación presentada
 Recibo de Sueldo
 Constancia de no inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Importe contable a ajustar: $ 11.299,39
– Cra. Maria Graciela Castro. Legajo ( 31190)
Documentación presentada
 Nota presentada ante al AFIP para la baja de autónomos año 1997
 Última factura con fecha de 1994.
 Baja en el impuesto a los Ingresos Brutos.
Importe contable a ajustar: $ 1.362,58
– Cra. Silvia Uriarte. Legajo (16900)
Documentación presentada
 Baja en el monotributo.
 Baja en el impuesto a los Ingresos Brutos.
Importe contable a ajustar: $ 6.079,46
– Cra. Maria Florencia Irizar. Legajo ( 40830)
Documentación presentada
 Baja en el impuesto a los Ingresos Brutos.
Importe contable a ajustar: $ 3.117,31.

QUINTO: Se anexa a la presente el listado de los profesionales cuyas deudas pasarán a la instancia de gestión de cobro judicial.

SEXTO: Se da lectura a la nota presentada por el Cr. Raúl Alfredo Di Nardo, en la cual solicita ejercer la opción establecida en el Art. 59 del Estatuto. Luego de un intercambio de opiniones respecto a la interpretación del mencionado artículo, se concluye que el Cdor Di Nardo no queda encuadrado dentro del artículo 59º ya que al momento de la entrada en vigencia del Estatuto de esta Caja, no cumplía con el requisito de tener 50 o más años de edad, con lo cual se le deniega el pedido, debiendo la Administración comunicar al Profesional sobre tal situación.

SEPTIMO: Se da lectura a la nota Presentada por el Cr. Rinaldi en la cual hace mención a no encontrarse inscripto en la Dirección General de Rentas. Adjunta certificado emitido por la Dirección Provincial de Rentas confirmando tal situación, como así también de la Dirección General Impositiva. Asimismo declara que las certificaciones de Balance presentadas en el C.P.C.E.R.N fueron en forma gratuita. Después de un intenso debate sobre el particular, se concluye que la certificación de trabajos en el Consejo Profesional, teniendo matrícula activa y paga en ese momento, es prueba suficiente del ejercicio Profesional, sin importar la cantidad de trabajos presentados ni si los honorarios de los mismos fueron donados al comitente o no. El hecho de que el Profesional no cumpliera con sus obligaciones impositivas de inscripción, son de su exclusiva responsabilidad, debiendo este Consejo de Administración comunicar al Consejo Profesional de tal situación, a los efectos que correspondan. En consecuencia el Cr. Rinaldi se encuentra obligado a aportar a La Caja por los períodos reclamados. La Administración de La Caja le comunicará sobre tal situación.

OCTAVO: La Cra Taramelli explica a los presentes el problema existente en la liquidación de los intereses en el Sistema de Préstamos, que se calculan hasta el vencimiento de la primer cuota, pero que luego se suman al crédito volviéndose a calcular intereses sobre dicho importe. Luego de un intercambio de opiniones y evaluada la significatividad de los casos, se resuelve modificar el 3er párrafo del artículo 8º del Reglamento de Préstamos, el que quedará redactado de la siguiente manera:… “Desde el primer día hábil posterior de la puesta a disposición de los fondos y hasta el vencimiento de la primera cuota, corresponde liquidar intereses a la tasa compensatoria por la cual se otorgó el crédito, los que serán adicionados junto al seguro por dicho período, en la primera cuota de reintegro del préstamo”. La modificación aprobada comenzará a aplicarse para los nuevos préstamos a otorgarse a partir de la fecha.

Se redactará la resolución correspondiente.

Siendo las 21:00 hrs. Se decide dar por concluida la reunión.