Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los veintiocho días del mes de Diciembre de 2001, siendo las 20,30 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la Presencia de su Presidente, Cr. Miguel Angel Manuel, Cr. Edgardo Molinaroli, Cr. Guillermo Pons, Cr. Javier Fernández, Cra. Guillermina Santomauro, Cra. Mónica Allemanni, Cr. Emilio Perticarini, Cr. Isidoro Zaz, Cra. Ana Maria Nápoli y la Cra. Silvia Crespo, para tratar el siguiente;

ORDEN DEL DIA

1. Lectura del acta anterior.
2. Llamado a elecciones.

PRIMERO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

SEGUNDO: Teniendo en cuenta el acta Nº 36 de fecha 26 de Diciembre del 2001, y considerando la necesidad de cubrir la totalidad de los cargos electorales del Consejo de Administración y de la Comisión Fiscalizadora, se resuelve llamar a elecciones para la constitución de las nuevas autoridades.
Las mismas asumirán sus funciones al finalizar la próxima asamblea anual ordinaria de la Caja Previsional. Por ello se aprueba la siguiente:

CONVOCATORIA

Convócase a los profesionales afiliados a la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencia Económicas de la Provincia de Río Negro, para la elección de los integrantes del Consejo de Administración (Art. 12º del Estatuto) y de la Comisión Fiscalizadora (Art. 19º del Estatuto) a realizarse el día 14 de Marzo de 2002, desde las 08,00 a las 14,00 horas en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, Italia 235, Cipolletti.

Cipolletti, 28 de Diciembre de 2001

Cr. Edgardo Molinaroli
Representante Legal

El acto eleccionario se regirá por las disposiciones del Estatuto y el Reglamento Electoral, el cual se transcribe a continuación de la presente acta, el que fue aprobado por el Consejo Directivo según acta Nº 1 de fecha 1ºde Julio 1999.

Se ordena que por secretaría se dé publicidad a la misma cumpliéndose los recaudos de Ley.

No habiendo para más se da por finalizada la reunión, siendo las 21.30 horas.

CAJA PREVISIONAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
PARA LOS PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
REGLAMENTO ELECTORAL

Artículo 1º: El Consejo Directivo de la Caja convocará a elecciones de los miembros elegibles del Consejo de Administración, en adelante “El Consejo de Administración” y de “La Comisión Fiscalizadora” en forma concomitante con la convocatoria a elecciones de Consejo Directivo y Tribunal de Ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro.

Artículo 2º: El Consejo de Administración y La Comisión Fiscalizadora serán elegidos por voto secreto y obligatorio de todos los profesionales afiliados a la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, y sus miembros durarán cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos.

Artículo 3º: No podrán ser elegidos, ni electores, en ningún caso los afiliados a la caja que adeuden más de dos períodos de aportes previstos en el art. 25º y el correspondiente incremento previsto en el art. 26º , ambos del Estatuto de la Caja.

Artículo 4º: Las listas de postulantes para integrar el Consejo de Administración y la Comisión Fiscalizadora, se presentarán en forma conjunta, cubriendo los cargos establecidos por los arts. 12° y 19° del Estatuto de la Caja, respectivamente.

Artículo 5º: El Consejo Directivo convocará a elecciones con sesenta (60) días corridos de anticipación al de la elección, y confeccionará un padrón provisional de afiliados en condiciones de elegir y ser elegidos, que será puesto a disposición de los afiliados en las Delegaciones y Receptorías del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, junto con la convocatoria. La convocatoria a elecciones será publicada por tres días no consecutivos.

Artículo 6º: Los afiliados podrán observar el padrón provisional dentro de los veinte días corridos posteriores a la primera publicación de la convocatoria. Estas observaciones deberán presentarse por escrito ante el Consejo Directivo de la Caja, quien decidirá al respecto, siendo su decisión fundada inapelable.

Artículo 7º: Vencido el plazo para las observaciones, el Consejo Directivo de la Caja, emitirá el padrón definitivo con por lo menos treinta días corridos de anticipación a la fecha de la elección, los que se pondrán a disposición de los afiliados en las Delegaciones y Receptorías del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro .

Artículo 8°: Las listas para la elección podrán ser presentadas para su oficialización, hasta veinte días corridos antes de las elecciones en la Sede de la Caja, con la firma de por lo menos seis de sus integrantes.

Artículo 9º: Los afiliados podrán votar por cartas suscriptas por el elector, y dirigidas al Consejo Directivo de la Caja, en sobre cerrado que enviarán dentro de otro juntamente con una tarjeta para probar la emisión del voto.

Artículo 10°: En el voto podrán efectuarse tachaduras pero no agregados. Los votos se computarán individualmente por cada postulante.

Artículo 11° El escrutinio se hará el quinto día posterior al cierre del acto eleccionario, los votos recibidos por carta en ese período serán computados, siempre que el matasellos no sea de fecha posterior al cierre del comicio.

Artículo 12° En el supuesto de que se presentare una sola lista a la elección del Consejo de Administración y de la Comisión Fiscalizadora, no se realizará el procedimiento eleccionario, ni será exigible la obligación establecida en el art. 4º, y el Consejo Directivo, una vez vencidos los plazos de oficialización de lista, procederá a la proclamación de las nuevas autoridades.

Articulo 13: El Consejo Directivo designará una Comisión Escrutadora el efecto de la realización de dicho escrutinio, de por lo menos cinco miembros, entre los afiliados incluidos en el padrón definitivo.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 14: Para dar cumplimiento al artículo 58º del Estatuto de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, se considerarán como afiliados en condiciones de elegir y ser elegidos, a los matriculados activos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, con domicilio real en la Provincia de Río Negro, quienes a los efectos del Estatuto son afiliados obligatorios.

Artículo 15: El Padrón de matriculados activos obligados a su afiliación, que se pondrá a disposición en las Delegaciones del Consejo, será en base a los domicilios denunciados por los profesionales a la fecha.